Ilustración de una lista con renglones tachados junto a un sérum de pestañas y hojas, sobre fondo arena
Ilustración: Organic Beauty Mag

Omnibus IX: lo que la UE prohibirá en cosméticos

La UE prepara el Omnibus IX: 16 sustancias nuevas prohibidas en cosméticos, límites al CBD y al BHA y el fin de los conservantes con mercurio. Es un borrador; estas son las fechas previstas.
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La Unión Europea prepara una nueva lista de ingredientes prohibidos y restringidos en cosméticos, el llamado Omnibus IX. El borrador añade 16 sustancias al anexo II, fija por primera vez un límite para el CBD y elimina los últimos conservantes con mercurio.

Todavía no es ley. La Comisión Europea lo notificó a la Organización Mundial del Comercio (OMC) el 8 de julio de 2026. Se espera que lo adopte en el último trimestre del año, según la consultora Maven Regulatory Solutions.

Lo esencial

  • El borrador une dos paquetes: el Omnibus IX, sobre sustancias CMR, y el tercer Omnibus de ingredientes, basado en opiniones del comité científico SCCS.
  • Las prohibiciones ligadas a la clasificación CMR se aplicarían desde el 1 de febrero de 2027.
  • El resto tendría dos plazos: 12 meses para dejar de poner productos en el mercado y 24 meses para dejar de venderlos.
  • El CBD tendría un límite del 0,19 % y el BHA, del 0,07 %.

Qué es una sustancia CMR

CMR significa carcinógena, mutágena o tóxica para la reproducción. Cuando la UE clasifica así una sustancia, el Reglamento (CE) 1223/2009 obliga en general a prohibirla en cosméticos. El borrador traslada a la norma cosmética las clasificaciones del Reglamento Delegado (UE) 2025/1222, publicado en junio de 2025.

Qué ingredientes se prohíben

El borrador añade 16 entradas al anexo II, la lista de sustancias prohibidas, según el análisis de CosLaw. Las primeras 11 vienen de la clasificación CMR. Entre ellas están el ozono, el óxido nitroso y el alfa-metilestireno.

Las demás proceden de opiniones del SCCS. Incluyen dos filtros que absorben luz ultravioleta, la benzofenona-1 y la benzofenona-2, y dos colorantes capilares, el Basic Brown 16 y el Basic Blue 99. También se prohíben las prostaglandinas y sus análogos, presentes en algunos sérums de pestañas.

Qué ingredientes quedan restringidos

  • CBD (cannabidiol): se podría usar en productos sin aclarado, con aclarado y de higiene bucal hasta el 0,19 %. El THC como impureza no podría superar el 0,00025 %.
  • BHA (butilhidroxianisol): hasta el 0,07 % en productos con y sin aclarado. No se permitiría en higiene bucal ni en productos que se puedan inhalar.
  • Hidroxiapatita nano: sube su concentración máxima en pastas y colutorios, y sigue prohibida en el resto de categorías.
  • Butilparabeno: pasa a una entrada propia, con límites específicos para productos infantiles.
  • Mercurio: desaparecen los últimos conservantes autorizados, como el tiomersal y las sales de fenilmercurio.

Qué conviene revisar desde ya

Si tu marca vende o quiere vender en la UE, revisa la lista INCI de cada referencia frente a estas entradas. Pide a tus proveedores confirmación de que sus materias primas no contienen las sustancias prohibidas, ni siquiera como impureza.

El CBD merece atención aparte. Muchas marcas de cosmética natural lo usan, y hasta ahora no había un límite armonizado en la UE. Con el borrador, el 0,19 % pasaría a ser la referencia, y la pureza frente al THC sería clave.

Por qué importa

El Omnibus IX no cambia nada hoy, pero marca el calendario de 2027. Las fechas definitivas dependen de cuándo se publique en el Diario Oficial de la UE.

Para quien exporta a Europa, 12 meses es poco si hay que reformular, cambiar etiquetas y rehacer el expediente de seguridad. Conviene empezar antes de que el texto sea definitivo. Repasamos el marco general en nuestra guía de regulación de la cosmética natural.

Actualizado el 18 de octubre de 2026

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